Versión configurada exclusivamente para development. No autoriza por sí sola la apertura, promoción ni el cobro de una rifa; antes de promoverla a staging deben completarse y verificarse los datos particulares, registros, autorizaciones y documentos de cada rifa.
Términos y condiciones generales
Versión: development-2026-09-28
1. Identidad, alcance y aceptación
SoloCarrosRD es la plataforma digital mediante la cual el organizador identificado en las bases particulares de cada rifa publica información, recibe participaciones, verifica comprobantes de pago y conserva evidencia operativa. Las bases particulares identifican al organizador responsable, su RNC, domicilio, canales de contacto, autorización aplicable y demás datos exigidos para esa rifa.
Al marcar las casillas de aceptación y enviar una participación, la persona participante declara haber leído y aceptado estos términos, la política de privacidad, la política de reembolsos y las bases particulares vigentes de la rifa elegida. La aceptación se registra con la versión, fecha y evidencia técnica correspondiente.
El consentimiento otorgado mediante casillas, formularios, clics o mecanismos electrónicos se conserva como evidencia de la contratación digital de conformidad con la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales y los lineamientos aplicables del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL).
2. Condiciones de participación
- Puede participar únicamente una persona física mayor de dieciocho años, con capacidad legal y dentro del territorio autorizado en las bases particulares.
- La persona participante debe proporcionar datos veraces, completos y propios, conservar su código de compra y atender las verificaciones razonables previstas en las bases y la normativa aplicable.
- No se permite utilizar identidades ajenas, comprobantes alterados, pagos no autorizados, automatizaciones, intentos de duplicar participaciones ni conductas que afecten la integridad de la rifa.
- La participación de organizadores, personal, proveedores, colaboradores o familiares se rige exclusivamente por las bases particulares y por las restricciones de la autorización aplicable.
3. Información de la rifa y bases particulares
Antes de abrir participaciones, cada rifa debe publicar sus bases particulares. Estas constituyen el documento específico que informa el premio, cantidad de boletos, precio, vigencia, autorización, mecánica de asignación, fecha o condición del sorteo, método de selección, gastos, impuestos, entrega, plazo de reclamación, cancelación, reembolsos y canal de reclamos.
Las bases particulares deben identificar la autorización previa de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda y Economía requerida conforme a la Resolución núm. 173-2020. También deben indicar el número de registro previo de las bases y del contrato de adhesión ante Pro Consumidor, así como la disponibilidad y el canal de acceso al Libro de Reclamaciones físico o digital.
Las bases particulares prevalecen para los aspectos propios de cada rifa. Ninguna disposición de estos términos o de las bases pretende excluir derechos indisponibles reconocidos a consumidores, participantes o titulares de datos personales.
4. Precio, comprobante, reserva y boletos
- Antes de enviar la participación se informa el monto total, la cantidad de boletos, el medio de pago disponible y las instrucciones aplicables.
- La carga de un comprobante acredita su recepción para revisión; no confirma el pago ni garantiza la participación definitiva hasta que el organizador lo valide.
- Los boletos se asignan aleatoriamente por el servidor conforme a las reglas de la rifa. La persona participante elige una cantidad permitida, no números específicos.
- Una participación solo queda confirmada cuando el pago se valida y los boletos pasan al estado activo. Pagos rechazados, incompletos, duplicados o presuntamente fraudulentos se tratan con evidencia, trazabilidad y conforme a las bases particulares y la ley.
- No se aplican cargos distintos de los informados antes de la participación.
5. Sorteo, ganador, impuestos y entrega
El organizador debe acreditar la disponibilidad del premio y su capacidad legal para entregarlo antes de publicar la rifa. El sorteo se realiza únicamente después del cierre de ventas y de conformidad con las bases particulares, la autorización aplicable y la supervisión que corresponda.
La plataforma conserva un registro verificable de los boletos elegibles, del método utilizado, del resultado y de la evidencia disponible. Antes de firmar el traspaso o entregar un vehículo, la persona potencialmente ganadora debe acreditar su identidad y elegibilidad por un canal privado y completar el protocolo de debida diligencia previsto en estas bases.
El premio vehicular se informa con el tratamiento de retención del veinticinco por ciento (25 %) de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre el valor del vehículo. Las bases particulares deben establecer sin ambigüedad si el ganador deposita ese monto antes de la entrega para que SoloCarrosRD u organizador autorizado efectúe la retención y el pago ante la DGII, o si el organizador asume la retención y entrega el bien libre de esa carga fiscal. Los gastos de traspaso, matrícula, seguro, transporte, notariales y demás conceptos vinculados al premio también se informan expresamente.
6. Debida diligencia del ganador
Como condición previa al traspaso de un vehículo, la persona ganadora debe completar el formulario privado de debida diligencia y suministrar copia de cédula o pasaporte, además de una declaración de origen de fondos e idoneidad, cuando resulte aplicable. El organizador aplica este protocolo conforme a la Ley núm. 155-17 sobre Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y conserva la evidencia bajo controles de acceso restringido.
La información de debida diligencia no se publica ni se utiliza para fines promocionales. Su acceso queda limitado a personas autorizadas, autoridades competentes o terceros que deban intervenir legalmente en la entrega del premio.
7. Cancelación, cambios y reembolsos
Las cancelaciones, modificaciones y reembolsos se rigen por la política de reembolsos y por las bases particulares aceptadas. Una rifa activa no se modifica de forma silenciosa: cualquier cambio permitido debe comunicarse, documentarse y respetar la autorización y los derechos aplicables.
Cuando una rifa no pueda realizarse, se cancele o requiera una medida correctiva, el organizador aplicará el procedimiento publicado para esa rifa y dejará constancia de la decisión.
8. Uso permitido y propiedad intelectual
La plataforma, sus marcas, textos, fotografías, videos, diseños y demás contenidos están protegidos por la normativa aplicable. Solo se permite su uso personal para conocer rifas y participar conforme a estos términos.
No se permite copiar, reproducir, explotar, alterar, descompilar, automatizar, interferir o usar los contenidos y servicios para fines ilícitos, comerciales no autorizados o que perjudiquen a SoloCarrosRD, al organizador o a otras personas. Las imágenes del premio deben ser propias, autorizadas o identificadas claramente como referenciales.
9. Disponibilidad y responsabilidad
SoloCarrosRD adopta medidas razonables para la continuidad, seguridad e integridad de la plataforma, pero pueden producirse interrupciones por mantenimiento, fallas técnicas, conectividad, fuerza mayor o causas fuera de control razonable. Estas situaciones no alteran los derechos establecidos por la ley ni las obligaciones del organizador respecto de una rifa válida.
La persona participante responde por la veracidad de los datos y comprobantes que aporte y por el uso diligente de su código de compra. Cualquier limitación de responsabilidad se interpreta de conformidad con la legislación aplicable y nunca excluye responsabilidad por dolo, culpa grave, incumplimientos legales ni derechos irrenunciables.
10. Contacto, reclamaciones y ley aplicable
Los canales de contacto, reclamaciones y privacidad del organizador se publican en la ficha y bases particulares de cada rifa. La persona participante puede utilizar esos canales sin perjuicio de acudir a Pro Consumidor, al Ministerio de Hacienda y Economía, a la Dirección de Casinos y Juegos de Azar o a cualquier otra autoridad competente.
El Libro de Reclamaciones y el canal de reclamación de cada rifa se informan en sus bases particulares. La atención interna no limita el derecho de la persona participante de acudir a Pro Consumidor u otra autoridad competente.
Estos términos se interpretan conforme a las leyes de la República Dominicana. Cualquier controversia se tramita ante las autoridades o tribunales competentes, sin perjuicio de los mecanismos de conciliación o reclamación que correspondan.